RESOLUCIÓN N° 268 P.C.M.E.R.
 

                                                                                                                                                                         PARANÁ,  25 de Agosto de 2021

 

 

VISTO:                       

 

La finalización del período de inscripción a los Concursos Públicos N°249, N°250 y N°251, convocados mediante Resolución N° 1120/20 CMER; y

 

CONSIDERANDO: 

 

Que en fecha 20.04.2021, finalizó el período de inscripción a los siguientes Concursos Públicos; a saber: Nº 249 UN (1) cargo de Vocal para la Cámara Segunda de Apelaciones Civil y Comercial – Sala I- y DOS (2) cargos de Vocal para la Cámara Segunda de Apelaciones Civil y Comercial -Sala II- de la ciudad de Paraná; Nº 250 DOS (2) cargos de Vocal de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial –Sala I- de la ciudad de Concordia; Nº 251 DOS (2) cargos de Vocal de la Cámara de Apelaciones  -Sala I- de la ciudad de Gualeguaychú; y cuyo Jurado Técnico titular se encuentra integrado por los Dres. Aidilio Gustavo FABIANO (en representación del estamento Académicos); Gustavo Alberto BRITOS (en representación del estamento Magistrados) y Miguel Ángel FEDERIK (en representación de estamento Abogados). Por su parte, el cuerpo de Jurado Técnico suplente lo integran los Dres. Carlos Alfredo HERNANDEZ (en representación del estamento Académicos), Liliana Aida PELAYO (en representación del estamento Magistrados) y Esteban Pablo QUINODOZ (en representación del estamento Abogados);

 

Que el artículo 50 del RGCP establece que, verificado el cumplimiento de todos los requisitos de inscripción, se elaborará y publicará el listado de los postulantes que fueren formalmente admitidos y de quienes lo sean en carácter condicional. Asimismo se hará saber, el lugar donde se podrán recibir las impugnaciones que se deduzcan contra aquéllos, fecha y hora hasta la cual podrán plantearse las mismas;

 

Que conforme el artículo 51 del RGCP, a partir de la publicación y por un plazo de CINCO (5) días, todo ciudadano o asociación profesional o social podrá impugnar la admisión al concurso de aquellos aspirantes que a su saber, se encontraren estrictamente alcanzados en los supuestos del artículo 48 del RGCP;

 

Que en virtud del artículo 52 del RGCP, las impugnaciones deberán presentarse por escrito en la Secretaría General, acompañando fotocopia del DNI de la persona que la presenta o, en el caso de tratarse de una asociación profesional o social, del acto administrativo que le otorga personería jurídica o ley de creación y fotocopia del DNI del Presidente o Secretario General de la misma. Además, se detallarán los datos de la persona observada, los fundamentos y la prueba en que se sustenta, indicación en tal caso, el lugar preciso donde puede hallarse;

 

Que es facultad del Presidente del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, dictar la presente conforme a los artículos 47 y 50 del RGCP;

 

  

Por ello;

 

 

EL  PRESIDENTE DEL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RÍOS

RESUELVE:

 

 

Artículo 1º: Admítanse las solicitudes de inscripción de los postulantes al Concurso N°249: Elena Beatriz ALBORNOZ, Marcelo José ARNOLFI, Adrián Esteban BARSANTI, Lautaro CABALLERO, Norma Viviana CEBALLOS, Edgardo Martín Nicolás COSSY, Alfredo Alesio EGUIAZU, Diego Luis ESTEVES, Flavio Valerio FRABOTTA, Rodolfo Guillermo JÁUREGUI, Mariano Andrés LUDUEÑO, Américo Daniel LUNA, Marcelo Javier MARCHESI, Luis Francisco MÁRQUEZ CHADA, Juan Marcelo MICHELOUD, María Fernanda MIOTTI, Ángel Luis MOIA, Fabián MORAHAN, Mariano MORAHAN, María Andrea MORALES, Flavia Elisa PASQUALINI, Carlos Andrés PELLICHERO, Diego RODRIGUEZ, Flavio Omar TURUGUET, Gustavo Amílcar VALES, Agustín Adolfo WEIMBERG y Yanina Mariel YZET.

 

Artículo 2°: Admítanse las  solicitudes de inscripción de los postulantes al Concurso N°250: Marcelo José ARNOLFI, Lautaro CABALLERO, Alfredo Alesio EGUIAZU, Diego Luis ESTEVES, Flavio Valerio FRABOTTA, Eduardo Manuel GONZALEZ, Rodolfo Guillermo JÁUREGUI, Ricardo Agustín LAROCCA, Marcelo Javier MARCHESI, Julio César MARCOGIUSEPPE, Luis Francisco MÁRQUEZ CHADA, Jorge Luis MILERA, Mariano MORAHAN, Arieto Alejandro OTTOGALLI, Flavia Elisa PASQUALINI, Carlos Andrés PELLICHERO, Alejandro Daniel RODRÍGUEZ, José Luis SAGASTI, Flavio Omar TURUGUET, Gustavo Amílcar VALES, Mariano Luis VELASCO y Agustín Adolfo WEIMBERG.

 

Artículo 3°: Admítanse las  solicitudes  de  inscripción de los postulantes al Concurso N°251: Marcelo José ARNOLFI, Valeria María BARBIERO, Lautaro CABALLERO, Alfredo Alesio EGUIAZU, Diego Luis ESTEVES, Flavio Valerio FRABOTTA, Ricardo Nelson GOLLY, Rodolfo Guillermo JÁUREGUI, Marcelo Javier MARCHESI, Luis Francisco MÁRQUEZ CHADA, Máximo Agustín MIR, Fabián MORAHAN, Mariano MORAHAN, Flavia Elisa PASQUALINI, Carlos Andrés PELLICHERO, Eduardo Máximo PIROVANI, Leandro PORTELA, Flavio Omar TURUGUET, Héctor Domingo VASSALLO y Agustín Adolfo WEIMBERG.

 

 Artículo 4°: Hágase saber que las impugnaciones previstas en el artículo 51 del RGCP, se recibirán en la Secretaría General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, sita en Alameda de la Federación Nº471de la ciudad de Paraná, de lunes a viernes de 8 a 12 hs. El trámite únicamente podrá realizarse personalmente o por tercero autorizado judicial o notarialmente y conforme los demás requisitos establecidos en la normativa aplicable.

 

Artículo 5°: Publíquense los listados de inscriptos a concurso, por UN (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia y en UNO (1) de los diarios de mayor circulación de la localidad en que exista la vacante concursada.

 

Artículo 6°: Publíquense los listados de inscriptos a concurso, en las páginas web del “Consejo de la Magistratura de Entre Ríos” y del “Foro Federal de Consejos de la Magistratura y Jurados de Enjuiciamiento de la República Argentina” (FOFECMA); como también mediante cartelería fijada en los edificios donde funcionen tribunales judiciales, universidades de la región, Colegio de Abogados y Asociación de la Magistratura y la Función Judicial.

 

Artículo 7°: La presente será refrendada por el Señor Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Artículo 8º: Comuníquese, publíquese y archívese.

 

 

Fecha de Publicación: 03-09-2021
 
 
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