RESOLUCIÓN N° 1154 C.M.E.R.
 

PARANA,  19 de Mayo de 2022

 

VISTO: 

 

La omisión de cumplimiento de lo establecido por el Artículo 68 de Reglamento General y de Concursos Públicos por parte del Doctor Edgardo Daniel GARBINO; y

           

CONSIDERANDO:

            

Que el Artículo 68 del Reglamento General y de Concursos Públicos (RGCP) establece que “Con la debida antelación a la fecha del examen cada integrante del jurado deberá remitir al Secretario General el caso propuesto para la oposición, en sobre cerrado, que serán reservados en Secretaria hasta el día de la prueba.”;

 

Que, conforme surge del Acta N°14 de fecha 05.11.20, y la Resolución N°1120 CMER, de fecha 09.11.20, el Dr. Edgardo Daniel GARBINO resultó sorteado para participar como Jurado Suplente en representación de los “ABOGADOS”, de los Concursos Públicos Nº252 a N°256;

 

Que, ante la renuncia del Jurado Titular Dr. Jorge Esteban ROMERO, se convocó al Dr. Edgardo Daniel GARBINO para tomar su lugar, quien aceptó formalmente el cargo propuesto vía mail de fecha 27.04.2022;

 

Que, en oportunidad de convocarse al Dr. Edgardo Daniel GARBINO, se le informó que la prueba de oposición de los referidos concursos se realizaría en fecha 13.05.2022 habiéndose solicitado que remitiera los casos hasta el 02.05.2022 a fin de dar cumplimiento al Artículo 68 del RGCP;

 

Que, el Dr. Edgardo Daniel GARBINO, omitió presentar los casos en tiempo y forma, sin perjuicio de ello, este Consejo consideró, en forma unánime, que era oportuno dar inicio a la jornada de la Prueba de oposición, en tanto que no se verían afectados los principios que rigen el proceso del concurso, teniendo en cuenta que anteriormente el sorteo se realizaba en relación a tres casos y no a seis como manda la normativa vigente, y consecuentemente poner a consideración de los postulantes allí presentes la situación, y que en la medida de que existiera unanimidad por parte de todos ellos la prueba se realizaría, aun faltando los referidos casos de examen;

 

Que, no habiéndose conseguido una decisión unánime por parte de los postulantes, se decidió suspender la instancia hasta tanto se regularice la situación;

 

Que, en fecha 17.05.2022, el pleno de CMER se reunió en sesión extraordinaria a fin de deliberar sobre la gravedad de la mencionada situación, habiéndose resuelto que corresponde excluir al Dr. Edgardo Daniel GARBINO por incumplir con el deber impuesto en el Artículo 68 del RGCP;

 

Que, en razón de lo expuesto y conforme surge del Acta N°14 de fecha 05.11.20, además de sortear Jurados Titulares y Suplentes, se sorteó una lista complementaria de Jurados que podrá ser utilizada en orden prelativo en caso de que ni el Titular ni el suplente acepten el cargo o por algún motivo deban apartarse del mismo, siendo ellos los Dres. Miguel Ángel CULLEN y Julio Alberto FEDERIK;

 

Que, continuando con el orden del listado complementario de Jurados, se convocó al Dr. Miguel Ángel CULLEN, quien se excusó de participar por haber asumido compromisos con anterioridad que le impiden asumir en lo inmediato la tarea requerida; posteriormente se convocó al Dr. Julio Alberto FEDERIK, quien se excusó de participar en atención a que se encuentra alcanzado por las causales del Artículo 19 del RGCP en relación al Dr. Andrés ARIAS, correspondiendo su aceptación en ambos casos; 

 

Que, a los fines de integrar el Jurado Técnico, corresponde realizar un nuevo sorteo conforme al artículo 21 de la Ley Nº 9.996 y artículos 24 y siguientes del RGCP;

 

Que, la presente se dicta de acuerdo con las facultades y atribuciones propias y específicas, que en forma expresa o razonablemente implícitas surgen de la Constitución Provincial, de la Ley Nº 9.996 y de la normativa reglamentaria que regula el funcionamiento del CMER;

 

Que, a los fines de la certificación establecida por el artículo 7º del Reglamento General y de Concursos Públicos, se designó a la Consejera Carina FRANCHINI;

 

 

Por ello;

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

 

ARTÍCULO 1º: Excluir al Doctor Edgardo Daniel GARBINO a participar como Jurado técnico en representación del estamento de los “Abogados” en los Concursos Públicos Nº252 a N°256.-

 

ARTICULO 2ºAceptar la excusación planteada por el Doctor Miguel Ángel CULLEN.-

 

ARTICULO 3ºAceptar la excusación planteada por el Dr. Julio Alberto FEDERIK.-

 

ARTICULO 4ºRealizar un nuevo sorteo de Jurados a fin de cubrir las vacantes de Jurado Técnico Titular y Suplente, por la lista de “Abogados”.-

 

ARTICULO 5º: La presente será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.-

 

ARTICULO 6º: Comuníquese, publíquese y archívese.-

Fecha de Publicación: 20-05-2022
 
 
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