RESOLUCIÓN N° 144 S.G.C.M.E.R.
 

 PARANA, 03 de Junio de 2022

 

 

            VISTO:

 

                        El estado de los Concursos en trámite y las vacantes producidas en el Poder Judicial de Entre Ríos, y;

 

            CONSIDERANDO:

 

                        Que, mediante Resolución Nº1120/20 del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos (CMER), de fecha 09.11.2020, se llamó, entre otros, a Concurso Público de Antecedentes y Oposición destinado a cubrir UN (1) cargo de Vocal para la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial –Sala I- de la ciudad de Concordia, actualmente en trámite e identificado como Concurso Nº 250;

 

                        Que, mediante Resolución N°142 SGCMER de fecha 09.04.2021, se acumuló UN (1) cargo de Vocal de Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial –Sala I- de la ciudad de Concordia en razón de habérsele concedido el beneficio jubilatorio al Dr. Ricardo MORENI;

 

                        Que, en fecha 1° de Junio de 2.022 se ha notificado que desde el 31.05.2022 se encuentra vacante el cargo de Vocal de Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial – Sala II- de la ciudad de Concordia, en virtud de habérsele concedido el beneficio jubilatorio a la Dra. Estela Beatriz MENDEZ CASTELLS, quien fuera titular del mismo;

 

                        Que, conforme al artículo 37 del Reglamento General y de Concursos Públicos (RGCP), de producirse nuevas vacantes de la misma competencia territorial, de materia y grado, durante el desarrollo del concurso y hasta la finalización del mismo -entendiéndose como tal la elevación de la terna respectiva el CMER podrá disponer su acumulación a aquél que se encuentra en trámite, sin que sea necesario efectuar nuevas convocatorias;

 

                        Que, mediante Resolución Nº739 CMER del 29.04.2.016, el Pleno del CMER por unanimidad, delegó las facultades tendientes a disponer las referidas acumulaciones en ésta Secretaría General; 

 

                        Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en los Artículos 13 Inciso J) de la Ley Nº9.996 y 21, Inciso G) del RGCP;

 

                        Por ello,

 

 

EL SECRETARIO GENERAL DEL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º: Acumular al Concurso Nº250, actualmente en trámite, UN (1) cargo de Vocal de Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Concordia –Sala II-, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes.

 

ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese y archívese.-

Fecha de Publicación: 06-06-2022
 
 
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