RESOLUCIÓN N° 330 P.C.M.E.R.
 

   PARANÁ, 6 de noviembre de 2023

 

 

           

          VISTO:

 

El llamado a Concursos Públicos N°282, N°283 y N°284, efectuado mediante Resolución N° 291/22 PCMER; y

         

 

          CONSIDERANDO: 

 

Que, en fecha 05.05.2023, finalizó el período de inscripción a los Concursos Públicos N° 282 destinado a cubrir DOS (2) cargos de Defensor Público  Nº 4 y Nº 16 -con competencia penal- de la ciudad de Paraná; Nº 283 UN (1) cargo de Defensor Público Nº 5 -con competencia penal- de la ciudad de Gualeguaychú  y Nº 284 TRES (3) cargos de Defensor Público Nº 2, Nº 4 y Nº 7 -con competencia penal- de la ciudad de Concordia; y cuyo Jurado Técnico titular se encuentra integrado por los Dres. Miguel Ángel CULLEN (en representación del estamento Abogados); Silvina CABRERA (en representación del estamento Magistrados) y Javier DE LA FUENTE (en representación de estamento Académicos). Por su parte, el cuerpo de Jurado Técnico suplente lo integran los Dres. Juan Ignacio WEIMBERG (en representación del estamento Abogados); Silvia GALLO (en representación del estamento Magistrados) y Leandro CORTI (en representación del estamento Académicos);

 

Que, conforme a los artículos 47 y 48 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos (RGCP), se rechazarán las solicitudes de inscripción de los postulantes que pese a haber sido emplazados, no hubieran cumplimentado los requisitos fijados por la Constitución Provincial y las Leyes N°6.902, N°9.544 y N°11.003 y el RGCP;

 

Que el artículo 20 de la Ley N° 11.003 establece el pago de un arancel al momento de la inscripción a cada Concurso Público organizado por este Consejo de la Magistratura;

 

Que el artículo 50 del RGCP establece que, verificado el cumplimiento de todos los requisitos de inscripción, se elaborará y publicará el listado de los postulantes que fueren formalmente admitidos y de quienes lo sean en carácter condicional. Asimismo se hará saber, el lugar donde se podrán recibir las impugnaciones que se deduzcan contra aquéllos, fecha y hora hasta la cual podrán plantearse las mismas;

 

Que, de acuerdo a lo referido en el párrafo anterior, corresponde la inscripción condicional del Dr. Martín IRURUETA, para el Concurso N°284, ya que, a la fecha de cierre del período de inscripción,  no cumple con el requisito establecido por el Artículo 12 de la Ley N°10.407, en relación con la antigüedad mínima requerida en el ejercicio libre de la profesión y/o en funciones judiciales;

 

Que, conforme el artículo 51 del RGCP, a partir de la publicación y por un plazo de CINCO (5) días, todo ciudadano o asociación profesional o social podrá impugnar la admisión al concurso de aquellos aspirantes que a su saber, se encontraren estrictamente alcanzados en los supuestos del artículo 48 del RGCP;

 

Que, en virtud del artículo 52 del RGCP, las impugnaciones deberán interponerse por escrito en la Secretaría General, acompañando fotocopia del DNI de la persona que la presenta o, en el caso de tratarse de una asociación profesional o social, del acto administrativo que le otorga personería jurídica o ley de creación y fotocopia del DNI del Presidente o Secretario General de la misma. Además, se detallarán los datos de la persona observada, los fundamentos y la prueba en que se sustenta, indicación en tal caso, el lugar preciso donde puede hallarse;

 

Que, es facultad del Presidente del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, dictar la presente conforme a los artículos 47 y 50 del RGCP;

 

Por ello;

 

EL  PRESIDENTE DEL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RÍOS

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Admítanse las solicitudes de inscripción de los postulantes al Concurso N° 282: María Florencia BAIGORRIA, Facundo Javier BARBOSA, Juan Ignacio BARRANDEGUY, Juan Manuel BENITEZ, María Solange BOURLOT, Fernando Álvaro CALLEJO, Romina Natalia CIAN, Fiorella CRACCO, Natalia Guadalupe del CASTILLO, Ana Belén DIEZ, María del Huerto FELGUERES, Marcelo Gabriel FRANCO, Bartolomé GAGGERO, Eduardo Javier GARAY, Gustavo Augusto GOYENECHE, Karina María Laura HEPP, Rodrigo Javier JUAREZ, Leonardo Ismael KUNZI, Juan Ignacio LAZZANEO, José Luis LEGARRETA, Luis Sebastián LESCANO, Mauro Germán LOCATELLI, Sebastián Agustín LUDI, Antonella Carla MANFREDI, Fernando Maximiliano MENDEZ, María Laura MENDOZA LÓPEZ, Martín MILLAN, María Macarena MONDRAGON PAFUNDI, Mariana MONTEFIORI, María de las Mercedes NIN, Salvador Joaquín OLARTE, Fabricio Daniel PATAT, Ana Laura PEDEMONTE, Jesús David Alexis PENAYO AMAYA, Daniel Gustavo PESSARINI, Federico Javier PLOUCHOUK, María Delia RAMIREZ CARPONI, Mariel Natalí RIERA, Ignacio RIOS, Sergio Paulo SALISKY, Nelson José SCHLOTAHUER, Leonardo Augusto SCHONFELD, Jorge Gabriel SUELDO, Natalia Beatriz TAFFAREL, Valeria Elena VILCHEZ, Vanesa ZAMPEDRI.

Artículo 2º: Admítanse las solicitudes de inscripción de los postulantes al Concurso N° 283: Sebastián Rodrigo ARRECHEA, Facundo Javier BARBOSA, Juan Ignacio BARRANDEGUY, Martín Germán BRITOS, Leonardo Martín CLAPIER, María Luciana COMETTI, Eduardo Javier GARAY, Silvina Claudia GARCÍA, María GODOY HERNÁNDEZ, Gustavo Augusto GOYENECHE, Valeria Mabel IREL, Pablo Rubén LEDESMA, José Luis LEGARRETA, Matías Raúl LONARDI, Fernando Maximiliano MENDEZ, Salvador Joaquín OLARTE, Sergio Paulo SALISKY, Edgardo Rubén SATTO, Nelson José SCHLOTAHUER, María Agustina SOLÉ, Jorge Gabriel SUELDO, Tomás TSCHERNING, María Magdalena VEDOYA.

Artículo 3º: Admítanse las solicitudes de inscripción de los postulantes al Concurso N° 284: Dolores AISPURU, Andrés Alberto ARIAS, Sebastián Rodrigo ARRECHEA, Facundo Javier BARBOSA, Juan Ignacio BARRANDEGUY, Juan Manuel BENITEZ, María Solange BOURLOT, María Evangelina CARDOZO, Leonardo Martín CLAPIER, María Luciana COMETTI, Fiorella CRACCO, Guillermo Leonardo EGEL, Eduardo Javier GARAY, Joaquín Federico GARAYCOECHEA, Alejandro María GIORGIO, Gustavo Augusto GOYENECHE, Karina María Laura HEPP, Gabriela Marina HOFFMANN, María Martina IMOBERDOFF, Valeria Mabel IREL, Martín IRURUETA, Mauro Sebastián JAUME BLANCO, Valentina LAQUIDARA, Juan Ignacio LAZZANEO, Pablo Rubén LEDESMA, José Luis LEGARRETA, Jésica Andrea LENCINA, Matías Raúl LONARDI, Fernando Maximiliano MENDEZ, María Macarena MONDRAGON PAFUNDI, Daiana Teresita MORENO, Luciana Alexia MUSULIOTIS, Salvador Joaquín OLARTE, Pablo Exequiel PALACIO, Jesús David Alexis PENAYO AMAYA, Daniel Gustavo PESSARINI, Mariel Natalí RIERA, Ignacio RIOS, Sergio Paulo SALISKY, Nelson José SCHLOTAHUER, María Agustina SOLÉ, Jorge Sebastián TITO, Tomás TSCHERNING, María Magdalena VEDOYA, Vanesa ZAMPEDRI.

Artículo 5º: Admítase en forma condicional la solicitud de inscripción del Dr. Martín IRURUETA, al Concurso N° 284, por no cumplir con la antigüedad mínima requerida en el ejercicio libre de la profesión y/o en funciones judiciales.

Artículo 6°: Hágase saber que las impugnaciones previstas en el artículo 51 del RGCP, se recibirán en la Secretaría General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, sita en Alameda de la Federación Nº471 de la ciudad de Paraná, de lunes a viernes de 8 a 12 hs. El trámite únicamente podrá realizarse personalmente o por tercero autorizado judicial o notarialmente y conforme demás requisitos establecidos en la normativa aplicable.

 

Artículo 7°: Publíquenselos listados de inscriptos a concurso, por UN (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia y en UNO (1) de los diarios de mayor circulación de la localidad en que exista la vacante concursada.

 

Artículo 8º: Publíquense los listados de inscriptos a concurso, en las páginas web del “Consejo de la Magistratura de Entre Ríos” y del “Foro Federal de Consejos de la Magistratura y Jurados de Enjuiciamiento de la República Argentina” (FOFECMA); como también mediante cartelería fijada en los edificios donde funcionen tribunales judiciales, universidades de la región, Colegio de Abogados y Asociación de la Magistratura y la Función Judicial.

 

Artículo 9°: Refréndese por el Señor Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Artículo 10º: Comuníquese, publíquese y archívese.

 

 

Fecha de Publicación: 17-11-2023
 
 
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