RESOLUCIÓN N° 157 S.G.C.M.E.R.
 

                                                                                                                                                                          PARANÁ, 21 FEB 2024

 

 

            VISTO:

 

                        El Registro de Organizaciones Sociales, Profesionales y Sindicales del Consejo de la Magistratura (CMER), y;

 

 

            CONSIDERANDO:

 

                        Que, conforme al Artículo 2° de la Ley N°11.003, el CMER estará integrado, entre otros, por DOS (2) representantes de las Organizaciones Sociales, Profesionales y/o Sindicales con personería jurídica o gremial, cuyo objeto social tenga vinculación con la defensa del sistema democrático, de los derechos humanos, y del sistema republicano de gobierno;

 

Que, el Artículo 2° del Anexo del Decreto N°3470/22 GOB que reglamenta el Artículo 2°, Inc. f) de la Ley N°11.003 se pone a cargo de la Secretaría General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, organizar y mantener actualizado el registro de las organizaciones sociales, profesionales y/o sindicales con personería jurídica y/o gremial inscriptas, así como la verificación de la vigencia de su personería jurídica y/o gremial, y controlar que su objeto satisfaga las exigencias de la Constitución Provincial y la Ley y demás condiciones para su inclusión en aquél;

 

Que, conforme con el Artículo 3° de la Resolución N°146 SGCMER de fecha 15.09.2022, se dispuso que el registro permanecerá abierto en forma permanente;

 

Que, por Resolución N°332/24 PCMER, se aceptó la renuncia de la Consejera Suplente por el estamento, Silvina VISMARA;

 

                        Que, en razón de lo expuesto, y como previo a realizar la convocatoria ordenada por el Artículo 14, Inciso J) de la Ley N°11.003, resulta oportuno invitar a todas aquellas organizaciones que deseen incorporarse al registro, para lo cual deberán presentar, hasta el día 12.03.2024 inclusive: a) copia debidamente certificada del instrumento constitutivo de la entidad y modificatorias, en caso de corresponder; b) acta actualizada con la nómina de autoridades; y c) constancia de vigencia de personería jurídica, todo ello acompañado de una nota dirigida a esta Secretaría General, con los datos de contacto actualizados (Teléfono, correo electrónico, domicilio, etcétera) de la entidad;

 

                        Que, luego de la inscripción corresponderá, con todas las Organizaciones cuyas solicitudes hayan sido admitidas y aquellas que ya se encuentren registradas y posean sus datos actualizados, convocar a la elección de los representantes que integrarán la composición del CMER, en carácter de suplente, para lo que resta del período 2022 – 2024;

 

                        Que, si bien el registro permanecerá abierto en forma permanente, resulta necesario establecer una fecha de corte a efecto de la participación en el acto eleccionario próximo a convocarse. En tal sentido se dispone la misma será el 12.03.2024, sin perjuicio de su participación en ulteriores convocatorias para quienes se presenten con posterioridad a dicha fecha;

 

                        Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 2° del Anexo del Decreto N°3470/22 GOB que reglamenta el Artículo 2°, Inc. f) de la Ley N°11.003;

 

 

                        Por ello,

 

EL SECRETARIO GENERAL DEL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Invitar a todas aquellas organizaciones que deseen incorporarse al Registro de Organizaciones Sociales, Profesionales y Sindicales del Consejo de la Magistratura (CMER), para lo cual deberán presentar, hasta el día 12.03.2024 inclusive: a) copia debidamente certificada del instrumento constitutivo de la entidad y modificatorias, en caso de corresponder; b) acta actualizada con la nómina de autoridades; y c) constancia de vigencia de personería jurídica, todo ello acompañado de una nota dirigida a esta Secretaría General, con los datos de contacto actualizados (Teléfono, correo electrónico, domicilio, etcétera) de la entidad;

 

ARTICULO 2°: Luego de la inscripción corresponderá, con todas las Organizaciones cuyas solicitudes hayan sido admitidas y aquellas que ya se encuentren registradas y posean sus datos actualizados, convocar a la elección de los representantes que integrarán la composición del CMER, en carácter de suplente, para lo que resta del período 2022 – 2024.-

 

ARTICULO 3°: El Registro de Organizaciones Sociales, Profesionales y Sindicales permanecerá abierto en forma permanente.-

 

ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

Fecha de Publicación: 21-02-2024
 
 
Volver
Dirección General de Informática - www.entrerios.gov.ar/dgin - 2019