Resolución N° 722 C.M.E.R.
 

 

 

            PARANÁ, 19 de Octubre de 2015     

 

 

            VISTO:

 

                        El Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 150 destinado a cubrir UN (1) cargo de Vocal de Cámara de Apelaciones Sala del Trabajo de la Ciudad de Concordia; y

 

            CONSIDERANDO:

 

                        Que, según lo establece el Artículo 180 de la Constitución de Entre Ríos, es competencia exclusiva y excluyente del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA (CMER), proponer al PODER EJECUTIVO Provincial, la designación de Magistrados y Funcionarios del MINISTERIO PÚBLICO del PODER JUDICIAL, previa realización de concursos públicos y mediante ternas vinculantes; y

 

                        Que, han transcurrido las etapas de Antecedentes, Oposición y Entrevistas Públicas del Concurso mencionado y se ha determinado la puntuación final de cada postulante, por lo que corresponde elevar en esta instancia al Sr. GOBERNADOR, la terna de candidatos para el cargo de Vocal para la Cámara de Apelaciones Sala del Trabajo de la Ciudad de Concordia; y

 

                        Que, solo una postulante ha cumplido todas las etapas del mencionado concurso y observado el procedimiento que prevé la normativa vigente, conforme las Resoluciones N°s.: 707/15 CMER (07.08.2015); 712/15 CMER (02.10.15); las Actas N°s.: 22 (22.06.2015); 23 y 24 (24.06.2015); 32 (18.09.2015); 34 y 35 (19.10.2015); y el Dictamen emitido por los Jurados Técnicos del concurso en cuestión; y

 

                        Que, de acuerdo a los artículos 25 de la Ley Nº 9.996 y 94 del Reglamento General y de Concursos Públicos (RGCP), el CMER procedió a establecer el orden de mérito, el que a los fines de la presente se conforma por la única postulante que obtuvo SESENTA (60) o más puntos, a saber: SOAGE, Laura Mariana: OCHENTA Y UNO CON ONCE CENTÉSIMOS (81,11); y

 

Que, a los fines establecidos por el artículo 7º del RGPC, certifica la presente el Consejero Sergio Gustavo AVERO; y

 

                        Que, la presente se dicta de acuerdo con las facultades y atribuciones propias y específicas, que en forma expresa o razonablemente implícitas  surgen de la Constitución Provincial, de la Ley Nº 9.996 y de la normativa reglamentaria que regula el funcionamiento del CMER;

 

 

                        Por ello,

 

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

ARTICULO 1º: Elévese al Sr. GOBERNADOR de la PROVINCIA DE ENTRE RÍOS, la nómina correspondiente al Concurso Nº 150 destinado a cubrir UN (1) cargo de Vocal para la Cámara de Apelaciones Sala del Trabajo de la Ciudad de Concordia, conformada por la siguiente postulante: SOAGE, Laura Mariana.

 

ARTICULO 2º: Resérvese toda la documentación referida al concurso mencionado y de la postulante en particular, a disposición del PODER EJECUTIVO PROVINCIAL para su evaluación y posterior nominación.

 

ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Fecha de Publicación: 
 
 
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