Resolución Nº 562 C.M.E.R.
 

                                                                                                 

                                                                                                 RESOLUCION Nº 562 C.M.E.R.

                                                                                                 PARANA, 21 de Noviembre de 2013

 

 

VISTO:

 

Los cargos vacantes en el Poder Judicial de Entre Ríos sobre los cuales el Consejo de la Magistratura de Entre Ríos (CMER) ha tomado conocimiento, y;

  

CONSIDERANDO:

 

Que en Sesión Ordinaria de fecha 21 de Noviembre de 2.013, el Pleno del CMER, tomó conocimiento de la existencia de las siguientes vacantes: UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 3 de la Ciudad de Paraná y UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº2 de la Ciudad de Chajarí; y

 

Que, ante ello, el pleno del CMER en forma unánime resolvió dar inicio a los trámites administrativos y reglamentarios  necesarios para  el  llamado a Concurso Público destinado a cubrir los cargos vacantes comunicados; y

 

Que, respecto del jurado que integrará el cuerpo técnico que calificará las Pruebas de Oposición de las mencionadas vacantes, y por aplicación del principio de economía procesal, se aprovechará el mismo que resultó desinsaculado para los Concursos Públicos Nºs 136, 137, 140 y 143 integrado por los Jurado Titulares: Miguel CABRERA – Ricardo MINNI – Francisco CECCHINI y los Suplentes: Luis AHUMADA – Lucilo LOPEZ MEYER – Javier AGA; y

 

Que, tal como lo dispone el artículo 36 del Reglamento General y de Concursos Públicos (RGCP), corresponde indicar fecha y hora de inicio y de finalización del período de inscripciones, lugar donde podrá retirarse la documentación necesaria y formalizarse las solicitudes correspondientes; y

 

Que, en este sentido, el CMER consideró conveniente y oportuno que el período de inscripción para los cargos vacantes mencionados, sea concurrente con los fijados mediante Resolución Nº 561 CMER, esto es del 2 de Diciembre al 20 de Diciembre de 2.013 para la vacante de Paraná y del 4 de Febrero al 24 de Febrero de 2.014 para la de  Concordia; y

 

Que, conforme al artículo del 37 RGCP, deberá hacerse saber que de producirse nuevas vacantes de la misma competencia territorial, de materia y grado, durante el desarrollo del concurso y hasta la finalización del mismo entendiéndose como tal la elevación de la terna respectiva - se acumularán automáticamente a aquél que se encuentra en trámite, sin que sea necesario efectuar nuevas convocatorias; y

 

Que a los fines de la certificación establecida por el artículo 7º del RGPC, se designó al Doctor Ricardo Carlos María ALVAREZ; y

 

Que, cumplidos los trámites mencionados corresponde dictar la resolución que llame a concurso para cubrir los cargos vacantes y arbitrar los medios necesarios para su publicación, tal como lo establece el artículo 28 de la Ley Nº 9.996 y el artículo del 35 RGCP;

 

Por ello,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Llamar a Concurso Público de Antecedente y Oposición destinado a cubrir UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 3 de la Ciudad de Paraná, el que se identificará con el Nº 144, Jurado Titulares: Miguel CABRERA – Ricardo MINNI – Francisco CECCHINI y los Suplentes: Luis AHUMADA – Lucilo LOPEZ MEYER – Javier AGA;  UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de la Ciudad de Chajarí, el que se identificará con el Nº 145, Jurado Titulares: Miguel CABRERA – Ricardo MINNI – Francisco CECCHINI y los Suplentes: Luis AHUMADA – Lucilo LOPEZ MEYER – Javier AGA.

 

ARTICULO 2ºFijar los siguientes períodos de inscripción: para el Concurso Nº 144 desde el 2 de Diciembre al 20 de Diciembre de 2.013 inclusive y para el Concurso Nº 145 desde el 4 de Febrero al 24 de Febrero de 2.014, en la Secretaría General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, sita en Alameda de la Federación Nº 471 de la Ciudad de Paraná, de lunes a viernes en el horario de 8 a 12. La inscripción únicamente podrá realizarse personalmente o por tercero autorizado judicial o notarialmente y conforme los demás requisitos establecidos en la normativa aplicable. Además, en la Secretaría General, podrá obtenerse copia del Reglamento General y de Concursos Públicos, como toda otra documentación importante para el concurso, lo que también estará disponible en la página de internet del Consejo.

 

ARTICULO 3º: Hacer saber que en el caso que se produzcan nuevas vacantes de la misma competencia territorial, de materia y grado durante el desarrollo del concurso y hasta la finalización del mismo - entendiéndose como tal la elevación de la terna respectiva - se acumularán a aquél que se encuentra en trámite, sin que sea necesario efectuar nuevas convocatorias.

 

ARTICULO 4º: Publicar la convocatoria por UN (1) día en el Boletín Oficial y en UNO (1) de los diarios de mayor circulación de la localidad en que exista la vacante concursada, la que además deberá darse a conocer también en la página web del Consejo y del FOFECMA y mediante carteles fijados en los edificios en los que funcionen tribunales judiciales, en las universidades de la región, en el Colegio de Abogados y en la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial.

 

ARTICULO 5°: Comuníquese, publíquese y archívese.

 

 

 

Fecha de Publicación: 
 
 
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